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Miércoles 28 de octubre

Cámara subsana artículos de la reforma pensional que la Corte Constitucional devolvió

La Corte Constitucional decide ahora si la subsanación es válida. Colpensiones pide aplazar la entrada en vigor a abril de 2028.

Resumido de 8 artículos en 7 medios

Resumen

  • La reforma pensional es la Ley 2381 de 2024, sancionada el 16 de julio de 2024. En la sentencia C-264 de 2026, la Corte Constitucional declaró exequible el grueso de la ley y devolvió a la Cámara nueve artículos por un vicio de trámite: proposiciones válidas que nunca se discutieron ni votaron.
  • La Cámara cumplió la orden y dejó la reforma tal como la aprobó el Senado. La proposición para eliminar la comisión de 0,7 % de las AFP fue rechazada, y se negó subir de 850 a 1.000 las semanas exigidas a las mujeres con hijos, por lo que la reducción de 50 semanas por hijo, hasta tres, quedó en firme. Los medios cuentan nueve artículos devueltos; La República habla de diez proposiciones.
  • Asofondos dice que con la reforma los flujos de cotización se reducen en un 90 %, lo que haría inviables a las AFP. Por eso, según el gremio, la remuneración debe pasar de comisiones sobre flujos a comisiones sobre el saldo administrado, de hasta 0,7 % anual. (Valora Analitik, La República)
  • El Ministerio de Hacienda pidió conservar la comisión de las AFP, porque eliminarla reduciría los ingresos de los fondos en casi 80 %. (La República)
  • Hacienda pidió abrir un incidente de impacto fiscal. Poner en marcha la reforma en 2027 requeriría cerca de $16,25 billones adicionales: $10,85 billones para el pilar solidario entre abril y diciembre, con hasta 4,6 millones de potenciales beneficiarios, y $5,4 billones en transferencias a Colpensiones.
  • La Corte fijó el 1 de abril de 2027 como fecha de operación, pero Colpensiones pidió aplazarla para completar sus ajustes tecnológicos, operativos y financieros. El Banco de la República pidió claridad sobre el calendario y advirtió que aún faltan el régimen de inversiones del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo y el decreto de la fase de desacumulación.
  • Los trabajadores con ingresos de hasta 2,3 salarios mínimos mensuales cotizarían obligatoriamente a Colpensiones. Los aportes que superen ese umbral irían al fondo privado que elija el cotizante.
  • Ahora la Corte Constitucional decide de manera definitiva si la subsanación se hizo de manera adecuada. Valora Analitik dice que la mesa directiva de la Cámara pidió 30 días adicionales a la Corte y aún no tenía respuesta; La República dice que la revisión no necesitó prórroga.

Cobertura

  1. Valora AnalitikAtención | Congreso aprueba artículos de reforma pensional que fueron devueltos por Corte Constitucional 1:00 p. m.
  2. PortafolioReforma pensional: Cámara de Representantes subsanó los artículos que la Corte Constitucional pidió revisar 2:16 p. m.
  3. SemanaReforma pensional queda tal cual la aprobó el Senado; Cámara cumplió orden de la Corte Constitucional 2:32 p. m.
  4. La RepúblicaPlenaria de la Cámara de Representantes subsanó los vicios de la Reforma Pensional 2:37 p. m.
  5. El ColombianoCámara subsanó los vicios de la reforma pensional que la Corte pidió revisar 4:01 p. m.
  6. Valora AnalitikDesde esta fecha debería empezar a regir la reforma pensional con radical cambio para Colpensiones 29 de octubre, 9:30 a. m.
  7. El NorteCámara aprobó los artículos pendientes de la reforma pensional y subsanó los vicios de trámite 29 de octubre, 9:54 a. m.
  8. El TiempoReforma pensional | ¿Qué impacto tienen algunos de los artículos que la Cámara tramitó sin cambios frente al Senado? Esto dicen abogados expertos 29 de octubre, 1:23 p. m.